Términos & Condiciones Generales

BPO NEXUS INTEGRAL S.A.S. BIC

Marcas comerciales: NexBPO | CTA Integral
Versión: 1
Fecha de actualización: agosto de 2026

 

1. IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR

Los presentes Términos y Condiciones Generales regulan el acceso, navegación, interacción y, cuando corresponda, contratación de los servicios ofrecidos por BPO Nexus Integral S.A.S. BIC, sociedad constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, que comercializa y presta sus servicios a través de diferentes marcas y líneas comerciales, entre ellas:

NexBPO, orientada principalmente a empresas, organizaciones y clientes con estructuras empresariales consolidadas; y

CTA Integral, orientada principalmente a personas naturales, emprendedores, profesionales, micronegocios, pequeñas empresas y demás usuarios que requieran servicios de gestión, acompañamiento, consultoría y soluciones empresariales.

 

Para efectos de estos Términos, BPO Nexus Integral S.A.S. BIC podrá denominarse “Nexus”, “NexBPO”, “CTA Integral”, “la Sociedad”, “el Proveedor” o “la Empresa”, según corresponda al contexto, entendiéndose en todos los casos que el sujeto jurídico que presta y/o comercializa los servicios es BPO Nexus Integral S.A.S. BIC, salvo que expresamente se indique lo contrario.

 

El uso de una determinada marca no implica la existencia de una persona jurídica independiente.

 

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Estos Términos son aplicables a los servicios, contenidos, funcionalidades, plataformas, canales y demás actividades comerciales desarrolladas por BPO Nexus Integral S.A.S. BIC a través de:

  • NexBPO;
  • CTA Integral;
  • sus respectivos sitios web;
  • plataformas digitales;
  • formularios;
  • canales electrónicos;
  • propuestas comerciales;
  • y demás medios mediante los cuales la Sociedad comercialice sus servicios.

 

Estos Términos constituyen las condiciones generales de la relación entre la Sociedad y sus usuarios, prospectos y clientes.

 

Podrán existir condiciones particulares aplicables a determinados servicios, contratos, plataformas, promociones, campañas o segmentos de clientes.

 

En caso de existir una relación de consumo sometida al régimen colombiano de protección al consumidor, prevalecerán las disposiciones imperativas de dicho régimen.

 

3. MARCAS Y SEGMENTOS COMERCIALES

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC podrá desarrollar y comercializar sus servicios mediante diferentes marcas comerciales.

3.1. NexBPO

NexBPO constituye una línea comercial orientada principalmente a:

  • empresas;
  • organizaciones;
  • compañías con estructuras administrativas establecidas;
  • medianas y grandes empresas;
  • y clientes que requieran servicios especializados de BPO, consultoría, operaciones, Legal & Compliance y tecnología.

 

3.2. CTA Integral

CTA Integral constituye una línea comercial orientada principalmente a:

  • personas naturales;
  • profesionales;
  • emprendedores;
  • trabajadores independientes;
  • micronegocios;
  • pequeñas empresas;
  • empresas en etapa de estructuración;
  • y personas que requieran acompañamiento para la organización y gestión de sus actividades económicas o empresariales.

 

La clasificación anterior tiene carácter principalmente comercial y no determina por sí sola la naturaleza jurídica de una relación contractual.

 

Una persona natural podrá contratar servicios bajo NexBPO y una persona jurídica podrá contratar servicios bajo CTA Integral, siempre que ello sea habilitado por la Sociedad.

 

4. NATURALEZA JURÍDICA DE LA RELACIÓN

La utilización de las marcas NexBPO o CTA Integral no genera una persona jurídica independiente.

 

Salvo que se indique expresamente lo contrario, todos los servicios comercializados mediante dichas marcas son prestados, facturados o contratados por BPO Nexus Integral S.A.S. BIC.

En consecuencia:

NexBPO y CTA Integral son marcas o líneas comerciales y no constituyen sociedades, establecimientos jurídicos independientes ni proveedores distintos de BPO Nexus Integral S.A.S. BIC.

 

Los documentos comerciales podrán identificar la marca bajo la cual se ofrece el servicio, pero la identificación jurídica del proveedor será la de BPO Nexus Integral S.A.S. BIC.

 

5. USUARIOS, PROSPECTOS Y CLIENTES

Para efectos de estos Términos se entenderá por:

Usuario: persona que accede, navega o interactúa con cualquiera de los sitios, plataformas o canales digitales de la Sociedad.

Prospecto: persona natural o jurídica que solicita información, asesoría, diagnóstico, cotización o propuesta.

Cliente: persona natural o jurídica que contrata uno o más servicios de BPO Nexus Integral S.A.S. BIC.

Cliente empresarial: persona natural o jurídica que contrata los servicios en desarrollo de una actividad empresarial, comercial, profesional u organizacional.

Consumidor: persona que reúna las condiciones establecidas por la legislación colombiana para ser considerada consumidor, cuando resulte aplicable.

 

La denominación utilizada para identificar al usuario no modifica su condición jurídica real.

 

6. RELACIONES B2B Y B2C

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC podrá desarrollar tanto relaciones comerciales empresariales como relaciones con personas naturales.

 

6.1. Relaciones empresariales — B2B

Cuando el cliente contrate los servicios en desarrollo de su actividad empresarial, profesional, comercial u organizacional, la relación se regirá principalmente por:

  • estos Términos;
  • la propuesta;
  • el contrato;
  • los anexos;
  • el SLA;
  • y demás condiciones particulares aceptadas.

 

6.2. Relaciones con consumidores — B2C

Cuando el cliente reúna las condiciones legales para ser considerado consumidor, serán aplicables las normas colombianas de protección al consumidor que correspondan.

 

Ninguna disposición de estos Términos podrá interpretarse como renuncia, limitación o desconocimiento de derechos que tengan carácter irrenunciable.

 

7. OBJETO DE LOS TÉRMINOS

Los presentes Términos regulan:

a.     El acceso y navegación por los sitios web.

b.     El uso de funcionalidades digitales.

c.     El envío de formularios y solicitudes.

d.     La solicitud y recepción de información.

e.     La presentación y aceptación de propuestas.

f.       La contratación electrónica cuando se encuentre habilitada.

g.     La prestación de servicios de consultoría, gestión, BPO, outsourcing, Legal & Compliance, tecnología y demás servicios ofrecidos por la Sociedad.

h.     El uso de plataformas y soluciones digitales operadas por la Sociedad.

 

8. NATURALEZA DEL SITIO WEB

Los sitios y canales digitales de NexBPO y CTA Integral tienen carácter informativo, institucional y comercial.

La información publicada permite conocer las características generales del portafolio.

La descripción de un servicio no implica que todas las actividades asociadas a determinada categoría estén incluidas en cualquier contratación.

 

La obligación de prestar un servicio surgirá cuando exista una contratación válida y aceptada conforme al mecanismo correspondiente.

 

9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

El usuario declara contar con capacidad jurídica para contratar.

Cuando actúe en representación de una persona jurídica, declara disponer de las facultades necesarias.

 

La Sociedad podrá solicitar información destinada a verificar identidad, representación, facultades o demás circunstancias necesarias para formalizar la relación.

 

10. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA

Cuando se habilite contratación electrónica, la aceptación podrá realizarse mediante:

  • casillas de aceptación;
  • botones de confirmación;
  • firma electrónica;
  • firma digital;
  • correo electrónico;
  • aceptación de propuestas;
  • órdenes de servicio;
  • órdenes de compra;
  • pagos;
  • u otros mecanismos legalmente admisibles.

 

La Sociedad podrá conservar evidencia de la aceptación electrónica y de la versión de los términos aplicables.

 

11. PORTAFOLIO GENERAL

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC podrá prestar servicios comprendidos, entre otros, en las siguientes categorías:

Gestión administrativa

  • administración;
  • back office;
  • gestión documental;
  • trámites;
  • organización empresarial;
  • gestión de personas naturales y jurídicas.

BPO y outsourcing

  • procesos administrativos;
  • financieros;
  • operativos;
  • logísticos;
  • inventarios;
  • talento humano;
  • apoyo a procesos empresariales.

Consultoría

  • gestión;
  • estrategia;
  • procesos;
  • productividad;
  • organización;
  • diagnóstico;
  • transformación empresarial.

Legal & Compliance

  • revisión contractual;
  • elaboración contractual;
  • diagnóstico jurídico preventivo;
  • compliance;
  • gestión documental;
  • identificación de riesgos;
  • acompañamiento empresarial.

Tecnología

  • análisis de necesidades;
  • implementación;
  • parametrización;
  • automatización;
  • integración;
  • soporte;
  • software de terceros;
  • plataformas;
  • portales;
  • soluciones digitales.

 

La prestación efectiva de cada actividad estará condicionada al alcance contratado y a las habilitaciones profesionales o legales que resulten aplicables.

 

12. SERVICIOS BAJO NEXBPO

Bajo la marca NexBPO podrán comercializarse principalmente servicios dirigidos a empresas y organizaciones, incluyendo:

  • BPO;
  • consultoría empresarial;
  • operaciones y logística;
  • finanzas y gestión;
  • talento humano y SST;
  • Legal & Compliance;
  • tecnología;
  • implementación de software;
  • dirección y acompañamiento empresarial.

 

El alcance particular será determinado mediante la propuesta, contrato, orden de servicio o documento correspondiente.

 

13. SERVICIOS BAJO CTA INTEGRAL

Bajo la marca CTA Integral podrán comercializarse principalmente servicios dirigidos a personas naturales, emprendedores, profesionales, micronegocios y pequeñas empresas, incluyendo:

  • gestión administrativa;
  • acompañamiento empresarial;
  • organización documental;
  • estructuración de negocios;
  • consultoría;
  • trámites;
  • apoyo contable, financiero o administrativo dentro del alcance contratado;
  • servicios contractuales;
  • orientación empresarial;
  • herramientas tecnológicas;
  • soluciones digitales;
  • y demás servicios disponibles en el portafolio de CTA Integral.

 

La contratación de un servicio bajo CTA Integral no implica necesariamente que todas las actividades descritas en esta sección estén incluidas.

El alcance será determinado por la propuesta, cotización, contrato, formulario de contratación u otro documento aplicable.

 

14. SERVICIOS GRATUITOS O DE BENEFICIO SOCIAL

Cuando CTA Integral, NexBPO o BPO Nexus Integral S.A.S. BIC ofrezcan asesorías, diagnósticos, capacitaciones, orientaciones o actividades sin costo, estas se prestarán bajo las condiciones específicamente informadas para cada actividad.

Cuando la gratuidad tenga origen en los compromisos de la Sociedad como empresa BIC, dicha circunstancia podrá ser informada al usuario.

 

La prestación gratuita de una actividad no implica obligación de contratar posteriormente servicios remunerados.

 

15. ALCANCE PARTICULAR

El alcance específico de cada servicio será determinado por:

  • propuesta;
  • cotización;
  • contrato;
  • orden de servicio;
  • formulario;
  • anexo técnico;
  • SLA;
  • encargo profesional;
  • u otro documento aceptado.

 

Solo estarán incluidas las actividades expresamente comprendidas en el alcance contratado.

Las actividades adicionales podrán generar una modificación contractual o un nuevo servicio.

 

16. PROPUESTAS Y COTIZACIONES

Las propuestas indicarán, según corresponda:

  • alcance;
  • entregables;
  • cronograma;
  • precio;
  • impuestos;
  • forma de pago;
  • vigencia;
  • exclusiones;
  • condiciones especiales.

 

La vigencia será la expresamente indicada.

La aceptación deberá producirse dentro del período establecido, salvo confirmación posterior de la Sociedad.

 

17. PREVALENCIA DOCUMENTAL

En caso de contradicción entre documentos aplicables a una misma relación contractual, se observará el siguiente orden:

  1. Normas imperativas.
  2. Contrato particular.
  3. Condiciones especiales.
  4. Propuesta aceptada.
  5. Anexos técnicos o SLA.
  6. Estos Términos y Condiciones.
  7. Información comercial general publicada en los sitios web.

 

18. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

El cliente deberá:

a.     Suministrar información completa, exacta y oportuna.

b.     Entregar documentos, accesos y autorizaciones necesarios.

c.     Revisar oportunamente los entregables.

d.     Realizar los pagos acordados.

e.     Utilizar adecuadamente las plataformas y herramientas.

f.       Proteger sus credenciales.

g.     Informar cambios relevantes.

h.     Contar con las autorizaciones necesarias para suministrar información.

i.       Adoptar las decisiones que correspondan a su actividad.

 

19. INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR EL CLIENTE

La Sociedad podrá confiar razonablemente en la información suministrada por el cliente.

Salvo contratación expresa de una actividad de auditoría, revisión o verificación, no estará obligada a comprobar independientemente la totalidad de dicha información.

 

Los errores, omisiones o retrasos atribuibles al cliente podrán afectar tiempos, costos o resultados del servicio.

 

20. RESPONSABILIDAD DE LA SOCIEDAD

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC ejecutará las obligaciones expresamente asumidas conforme al alcance contratado y con la diligencia profesional razonablemente exigible.

No será responsable por obligaciones que no hayan sido incluidas en el servicio contratado.

 

Salvo pacto expreso y legalmente válido, los servicios de consultoría, acompañamiento, gestión y asesoría no constituyen garantía de un resultado determinado.

 

21. TOMA DE DECISIONES Y RESULTADOS

Los informes, diagnósticos, recomendaciones y demás entregables constituyen herramientas de apoyo para la gestión del cliente.

Salvo compromiso expreso, la Sociedad no garantiza:

  • resultados económicos;
  • niveles específicos de ventas;
  • rentabilidad;
  • aprobación de trámites;
  • decisiones favorables de autoridades;
  • resultados judiciales;
  • financiación;
  • aceptación por terceros;
  • ni resultados cuya materialización dependa de factores externos.

 

La decisión final corresponde al cliente.

 

22. LEGAL & COMPLIANCE

Los servicios jurídicos serán prestados dentro del alcance contratado y conforme a la legislación aplicable.

 

Cuando una actividad constituya ejercicio profesional de la abogacía, será desarrollada por profesionales legalmente habilitados. La contratación de gestión administrativa o consultoría empresarial no implica por sí misma:

  • poder;
  • representación judicial;
  • representación administrativa;
  • mandato;
  • actuación ante autoridades;
  • ni encargo profesional de abogado.

 

Cuando sea necesario, se formalizará el instrumento correspondiente.

 

23. SOFTWARE DE TERCEROS

Cuando la Sociedad implemente software perteneciente a terceros:

  • la propiedad intelectual permanecerá en cabeza de su titular;
  • el cliente deberá cumplir las condiciones de licencia aplicables;
  • NexBPO podrá actuar como implementador, parametrizador, integrador o soporte;
  • las condiciones técnicas del proveedor serán independientes de las obligaciones asumidas por NexBPO.

 

La Sociedad no responderá por modificaciones, interrupciones o decisiones técnicas directamente atribuibles al proveedor del software, salvo obligación contractual expresa.

 

24. PLATAFORMAS PROPIAS

Cuando la Sociedad opere una plataforma propia, podrán existir términos particulares de uso que regulen:

  • cuentas;
  • usuarios;
  • licencias;
  • pagos;
  • disponibilidad;
  • soporte;
  • mantenimiento;
  • propiedad intelectual;
  • seguridad;
  • suspensión;
  • terminación.

 

Dichos términos complementarán los presentes Términos.

 

25. PROPIEDAD INTELECTUAL

Pertenecen a BPO Nexus Integral S.A.S. BIC o a sus respectivos titulares, salvo indicación expresa:

  • marcas;
  • contenidos;
  • metodologías;
  • modelos;
  • matrices;
  • formatos;
  • herramientas;
  • know-how;
  • software;
  • diseños;
  • textos;
  • elementos audiovisuales;
  • estructuras de trabajo.

 

La contratación de un servicio no implica transferencia de derechos sobre activos preexistentes de la Sociedad.

 

La titularidad de desarrollos específicos será determinada contractualmente.

 

26. INFORMACIÓN DEL CLIENTE

Los documentos y contenidos proporcionados por el cliente seguirán siendo de su titularidad.

La Sociedad podrá utilizarlos únicamente en la medida necesaria para ejecutar el servicio contratado y cumplir sus obligaciones legales.

 

El cliente será responsable de contar con las autorizaciones necesarias para suministrarlos.

 

27. CONFIDENCIALIDAD

Las partes deberán mantener reserva sobre la información confidencial recibida con ocasión de la relación comercial.

 

Cuando sea necesario, podrán suscribir un acuerdo de confidencialidad independiente.

 

28. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El tratamiento de datos personales se realizará conforme a la legislación colombiana aplicable y a la Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales de BPO Nexus Integral S.A.S. BIC.

 

Cuando la Sociedad actúe como encargado del tratamiento por cuenta del cliente, las obligaciones de las partes serán determinadas conforme a la normativa aplicable y a las condiciones particulares del servicio.

 

29. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

La Sociedad adoptará medidas razonables de seguridad de acuerdo con la naturaleza de los servicios. El cliente será responsable de proteger los accesos, dispositivos y credenciales bajo su control.

 

Los requisitos específicos podrán regularse mediante contrato o SLA.

 

30. TERCEROS Y ALIADOS

La Sociedad podrá apoyarse en terceros especializados para ejecutar determinadas actividades. Cuando ello implique tratamiento de información o datos personales, se adoptarán las medidas legales y contractuales correspondientes.

 

31. CONFLICTOS DE INTERÉS

La Sociedad podrá prestar servicios a diferentes clientes, incluso de sectores similares, respetando sus obligaciones de confidencialidad, independencia y demás deberes legales.

Podrá abstenerse de aceptar o continuar servicios cuando exista un conflicto de interés que impida su adecuada ejecución.

 

32. PRECIOS Y PAGOS

Los precios, honorarios, impuestos, gastos y condiciones de pago serán definidos en la propuesta o contrato correspondiente.

 

Los servicios adicionales o actividades fuera del alcance contratado podrán generar cargos adicionales previa aceptación cuando esta sea requerida.

 

33. MORA Y SUSPENSIÓN

El incumplimiento de pago producirá las consecuencias establecidas en el contrato y la legislación aplicable. Cuando esté contractualmente previsto, la Sociedad podrá suspender temporalmente el servicio después de comunicar el incumplimiento y conceder el plazo de subsanación correspondiente.

 

34. TERMINACIÓN

La terminación de cada servicio se regirá principalmente por el contrato particular.

Las obligaciones causadas antes de la terminación continuarán siendo exigibles.

Por su naturaleza, sobrevivirán a la terminación las obligaciones relativas a:

  • confidencialidad;
  • propiedad intelectual;
  • protección de datos;
  • obligaciones económicas;
  • responsabilidad;
  • y aquellas que expresamente deban permanecer vigentes.

 

35. FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO

Ninguna de las partes será responsable por incumplimientos directamente derivados de hechos imprevisibles o irresistibles ajenos a su control razonable, conforme a la legislación aplicable.

 

Las partes procurarán mitigar sus efectos.

 

36. RESPONSABILIDAD

Cada parte responderá por los daños que cause cuando sean jurídicamente imputables a su actuación u omisión. Ninguna disposición de estos Términos pretende excluir responsabilidades que legalmente no puedan ser excluidas o limitadas.

 

Las limitaciones particulares de responsabilidad deberán establecerse, cuando proceda, en el contrato correspondiente.

 

37. COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS

Las partes podrán comunicarse mediante:

  • correo electrónico;
  • plataformas;
  • sistemas de gestión;
  • mensajería;
  • documentos físicos;
  • u otros canales acordados.

 

La información de contacto deberá mantenerse actualizada.

38. PQR

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC dispondrá de canales para recibir peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes. Las solicitudes serán atendidas según su naturaleza, el contrato aplicable y la legislación correspondiente.

 

Cuando exista relación de consumo, se observarán las obligaciones especiales aplicables.

 

39. CANCELACIÓN, RETRACTO Y DEVOLUCIONES

Las condiciones aplicables dependerán de:

  • naturaleza del servicio;
  • tipo de cliente;
  • momento de la solicitud;
  • nivel de ejecución;
  • contrato;
  • y legislación aplicable.

 

Cuando exista un derecho legal de retracto u otro derecho irrenunciable del consumidor, será respetado conforme a la normativa vigente.

 

En relaciones empresariales no sometidas al régimen de protección al consumidor, se aplicarán las condiciones contractualmente pactadas dentro de los límites legales.

 

40. USO ADECUADO DE LOS SITIOS WEB

El usuario deberá utilizar los sitios de manera lícita.

Se encuentra prohibido:

  • introducir código malicioso;
  • vulnerar mecanismos de seguridad;
  • acceder sin autorización;
  • afectar la disponibilidad;
  • extraer información mediante mecanismos no autorizados;
  • infringir derechos de terceros;
  • desarrollar actividades fraudulentas;
  • o utilizar los sitios para fines contrarios a la legislación.

 

41. ENLACES Y SERVICIOS DE TERCEROS

Los sitios podrán contener enlaces o integraciones con servicios de terceros.

La Sociedad no controla necesariamente sus contenidos, disponibilidad o políticas.

 

El usuario deberá consultar las condiciones aplicables de cada tercero.

 

42. MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC podrá modificar estos Términos por razones legales, comerciales, operativas, tecnológicas o de seguridad. La versión vigente será la publicada en los sitios correspondientes.

 

Las modificaciones no afectarán retroactivamente contratos ya perfeccionados, salvo disposición legal o acuerdo válido entre las partes.

 

43. CONDICIÓN DE SOCIEDAD BIC

BPO Nexus Integral S.A.S. BIC desarrolla sus actividades bajo el régimen colombiano de las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo.

La Sociedad desarrolla actividades de beneficio e interés colectivo conforme a sus estatutos y demás instrumentos corporativos.

Las marcas NexBPO y CTA Integral podrán desarrollar iniciativas, servicios o actividades que contribuyan al cumplimiento de los compromisos BIC de la Sociedad.

La condición BIC no constituye una garantía de resultado respecto de un servicio específico ni modifica las obligaciones contractuales asumidas con cada cliente.

 

La información relacionada con la gestión BIC podrá ser publicada por la Sociedad de conformidad con las obligaciones legales aplicables.

 

44. LEGISLACIÓN APLICABLE

Estos Términos se regirán por las leyes de la República de Colombia. Cuando una relación específica esté sometida a un régimen especial, este prevalecerá en aquello que resulte imperativo.

 

45. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las partes procurarán resolver directamente cualquier diferencia relacionada con los servicios. Cuando resulte procedente, podrán acudir a mecanismos alternativos de solución de controversias.

 

Las cláusulas de solución de controversias contenidas en contratos particulares prevalecerán para la relación contractual correspondiente.

 

46. SEPARABILIDAD

La invalidez o inaplicabilidad de alguna disposición no afectará la validez de las demás, en la medida permitida por la legislación.

 

47. VIGENCIA

Estos Términos entran en vigencia desde su publicación en los sitios web correspondientes y permanecerán vigentes mientras sean reemplazados por una versión posterior.

 

Última actualización: agosto de 2026.

 

48. DOCUMENTOS RELACIONADOS

Estos Términos deberán interpretarse conjuntamente, cuando correspondan, con:

  • Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales;
  • Política de Cookies;
  • Política de Propiedad Intelectual;
  • Política de PQR;
  • Política de Seguridad de la Información;
  • Condiciones particulares de BPO;
  • Condiciones de servicios Legal & Compliance;
  • Condiciones de implementación tecnológica;
  • Términos de uso de plataformas;
  • condiciones de cancelación, retracto y devolución;
  • acuerdos de confidencialidad;
  • contratos y propuestas comerciales;
  • y demás documentos particulares aplicables.

 

49. ACEPTACIÓN                                                                                     

Cuando se requiera aceptación expresa, el usuario deberá utilizar el mecanismo dispuesto por BPO Nexus Integral S.A.S. BIC. La aceptación podrá quedar registrada electrónicamente junto con la información técnica disponible que permita acreditar la manifestación de voluntad.

 

El uso futuro de los sitios después de la publicación de una nueva versión de estos Términos se regirá por la versión vigente para dicho uso, sin perjuicio de los derechos y obligaciones derivados de contratos previamente perfeccionados.

 

 

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